¿Cuánto se cobra en la baja por maternidad o paternidad en 2026? (100% de la base reguladora, sin IRPF)

22 de julio de 2026

Saber cuánto se cobra la baja por maternidad o paternidad es la primera duda de casi todos los futuros progenitores, y la respuesta en 2026 es sencilla y tranquilizadora: se cobra el 100% de la base reguladora durante todo el permiso, el dinero lo paga directamente la Seguridad Social (el INSS) y, además, la prestación está exenta de IRPF. No hay descuentos por tramos ni una cuantía que baje con el paso de las semanas, como sí ocurre en otras prestaciones. En esta guía te explicamos exactamente cómo se calcula ese importe, qué pasa si eres autónomo o pluriempleado y por qué en la práctica cobrarás prácticamente lo mismo que tu sueldo neto habitual.

Cuánto se cobra la baja por maternidad o paternidad en 2026

La prestación por nacimiento y cuidado de menor —el nombre oficial de lo que popularmente llamamos «baja por maternidad» o «baja por paternidad»— consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora. Esto significa que durante todas las semanas de permiso percibes el equivalente íntegro de tu base de cotización, sin reducción alguna.

Es una diferencia importante respecto a otras prestaciones. En la baja por enfermedad común (incapacidad temporal), por ejemplo, se empieza cobrando un 60% y no se llega al 75% hasta el día 21. En cambio, en la prestación por nacimiento el porcentaje es del 100% desde el primer día y hasta el último, sin escalones. Por eso, para la mayoría de trabajadores por cuenta ajena, el importe de la prestación coincide casi exactamente con su salario habitual.

¿Quién paga la baja por maternidad o paternidad?

Un punto que genera muchas dudas: la prestación la paga el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), no la empresa. Durante el permiso, tu contrato queda suspendido y la empresa deja de abonarte el salario; en su lugar es la Seguridad Social quien te ingresa la prestación, normalmente a mes vencido en la cuenta que indiques en la solicitud. La empresa sigue obligada a reservarte el puesto y a mantenerte en alta, pero el dinero llega desde el Estado.

Cómo se calcula la base reguladora de la prestación por nacimiento

Aquí está la clave para saber tu importe exacto. La base reguladora de la prestación por nacimiento se calcula igual que en una baja por enfermedad común: se toma tu base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al del nacimiento y se divide entre el número de días a los que corresponde esa cotización (30 días si tienes salario mensual). El resultado es tu base reguladora diaria, que después se multiplica por los días de permiso.

En términos prácticos, si quieres estimar cuánto cobrarás, basta con mirar tus últimas nóminas: muchos simuladores usan la media de tus bases de cotización de los meses previos para aproximar la cuantía. Como la prestación es el 100% de esa base, el importe será muy parecido a tu bruto mensual habitual, con la enorme ventaja de que no lleva retención. Antes de calcular, conviene comprobar si reúnes los requisitos de cotización según tu edad.

Ejemplo práctico de cálculo

Imagina una trabajadora con una base de cotización mensual de 2.100 € el mes anterior al parto. Su base reguladora diaria sería 2.100 / 30 = 70 € al día. Por cada semana de permiso (7 días) percibiría 490 €, y por las 16 semanas «clásicas» del permiso rondaría los 7.840 €. Al estar exenta de IRPF, ese importe se cobra íntegro, sin la retención que sí soportaba en su nómina normal, por lo que en la práctica su ingreso neto suele ser incluso algo superior al de un mes trabajado.

¿La baja por maternidad paga IRPF?

No. La prestación por nacimiento y cuidado de menor está totalmente exenta de IRPF, en virtud del artículo 7.h) de la Ley 35/2006 del IRPF. El INSS no practica retención sobre estos pagos y no tienes que incluir el importe como rendimiento del trabajo en tu declaración de la renta. Esta exención se aplica tanto a la parte de «maternidad» como a la de «paternidad», y también a las prestaciones equivalentes de los empleados públicos.

Por eso mucha gente percibe que «cobra más» estando de baja por nacimiento: no es que la cuantía sea mayor, es que al ser el 100% de la base reguladora y no descontarse IRPF, el importe neto que llega a la cuenta es superior al salario neto habitual, del que sí se detrae la retención.

Cuánto cobra un autónomo en la baja por maternidad o paternidad

Los trabajadores por cuenta propia también tienen derecho a la prestación en las mismas condiciones: el 100% de la base reguladora, que en el caso del autónomo se calcula sobre su base de cotización en el RETA. Es decir, cobrará en función de la base por la que esté cotizando en el momento del nacimiento.

Además, el autónomo disfruta de una ventaja añadida: durante el descanso está exonerado del pago de la cuota mensual a la Seguridad Social por las contingencias comunes, sin dejar de estar de alta. Así que combina el cobro íntegro de la prestación con el ahorro de la cuota mensual. Para acceder debe estar al corriente de pago con la Seguridad Social; si tiene deudas, se le invita a regularizarlas.

¿Y si trabajo en dos empleos a la vez (pluriempleo)?

En situaciones de pluriempleo (varios trabajos por cuenta ajena) o pluriactividad (por ejemplo, asalariado y autónomo a la vez), la prestación se calcula teniendo en cuenta el conjunto de las bases de cotización, respetando los topes máximos de cotización vigentes. En la práctica, la Seguridad Social suma la protección que corresponde a cada empleo o régimen, de modo que la cobertura refleje el total de tus cotizaciones.

Preguntas frecuentes

¿Se cobra el 100% durante todas las semanas de la baja?

Sí. A diferencia de otras prestaciones, la de nacimiento y cuidado de menor se abona al 100% de la base reguladora desde el primer día hasta el último, sin reducciones por tramos ni por el número de semanas disfrutadas.

¿Cuándo empieza a pagar el INSS?

Una vez aprobada la solicitud, el INSS abona la prestación normalmente a mes vencido. La resolución suele tardar unos 30 días hábiles, y el pago se realiza en la cuenta bancaria indicada en la solicitud.

¿Tengo que declarar la prestación en la renta?

No es necesario tributar por ella porque está exenta de IRPF. Aunque suele aparecer en los datos fiscales como renta exenta, no incrementa la base imponible ni genera obligación de pago.

¿La empresa me puede pagar menos durante la baja?

La empresa no te paga el salario durante el permiso: quien abona la prestación es el INSS, y siempre al 100% de la base reguladora. Algunos convenios colectivos prevén complementos voluntarios, pero la prestación pública nunca es inferior a ese 100%.

Cuando tengas clara la cuantía, revisa cómo solicitar la baja paso a paso en la sede electrónica. Puedes consultar todos los detalles oficiales en la ficha de la prestación por nacimiento y cuidado de menor y en la información publicada por la Seguridad Social.

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