Cómo solicitar la baja por paternidad o maternidad en 2026: sede electrónica, documentos y plazos

9 de agosto de 2026

Si acabas de tener un hijo o estás a punto, la baja por paternidad cómo solicitarla es una gestión más rápida y sencilla de lo que parece: se tramita íntegramente online en la sede electrónica del INSS, sin necesidad de acudir a una oficina, y con unos pocos documentos. Lo importante es no dejarlo para el último momento, porque hay plazos que conviene respetar para no perder días de cobro. En esta guía te contamos, paso a paso, cómo pedir la prestación por nacimiento y cuidado de menor en 2026, qué documentación necesitas, cuánto tarda la resolución y cómo solicitar las semanas adicionales.

Baja por paternidad: cómo solicitar la prestación paso a paso

La solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado de menor se presenta por vía electrónica en la sede electrónica de la Seguridad Social, a través del Portal de Prestaciones del INSS. Para identificarte necesitas uno de estos tres métodos: Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico (DNIe). Cada progenitor presenta su propia solicitud de forma individual, ya que el derecho es personal e intransferible.

El proceso, a grandes rasgos, consiste en acceder al portal, cumplimentar el modelo de solicitud con tus datos personales, los del menor y el período de disfrute que eliges, adjuntar la documentación y firmar el envío. Al finalizar, el sistema genera un justificante de registro que conviene descargar y guardar, porque acredita la fecha de presentación.

Antes de empezar el trámite, comprueba que reúnes los requisitos de cotización según tu edad y hazte una idea de cuánto se cobra la baja por maternidad o paternidad.

¿Se puede solicitar sin certificado digital?

La vía preferente y más ágil es la telemática con Cl@ve, certificado o DNIe. Si no dispones de ninguno de estos medios de identificación, puedes tramitar previamente Cl@ve, o bien presentar la solicitud de forma presencial pidiendo cita previa en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). No obstante, para la mayoría de los casos la sede electrónica es la opción más cómoda y rápida.

Documentación de la baja por maternidad en 2026

La documentación de la baja por maternidad en 2026 es común, en lo esencial, para ambos progenitores. Antes de entrar en el portal, ten preparados estos documentos:

  • Modelo de solicitud de prestación por nacimiento y cuidado de menor (se cumplimenta en el propio portal).
  • DNI, NIE o pasaporte del solicitante.
  • Informe de maternidad emitido por el Servicio Público de Salud (el hospital), que acredita la fecha del parto.
  • Libro de familia o certificado de inscripción del menor en el Registro Civil.
  • Certificado de empresa en el que conste el inicio del descanso, si eres trabajador por cuenta ajena y la empresa no lo ha comunicado ya por otros medios.

En supuestos especiales (adopción, acogimiento, familias monoparentales, discapacidad del menor, etc.) pueden requerirse documentos adicionales, como la resolución judicial o administrativa correspondiente. El propio asistente del portal te indica qué necesitas según tu situación.

Plazo para solicitar la baja por paternidad o maternidad

El plazo para solicitar la baja por paternidad o maternidad es uno de los puntos donde más gente se equivoca. Lo recomendable es presentar la solicitud dentro de los 15 días siguientes al inicio del descanso. Se dispone de un margen máximo de hasta 3 meses (con efectos económicos limitados a los 3 meses anteriores a la solicitud), pero cuidado: si te retrasas, puedes perder el cobro de los días transcurridos antes de presentarla, ya que los efectos económicos se retrotraen solo un número limitado de días.

En otras palabras: cuanto antes solicites, mejor. Presentar en plazo garantiza que cobras desde el primer día de descanso. Retrasar la solicitud no amplía el permiso, solo puede hacerte perder dinero.

¿Cuánto tarda la resolución del INSS?

Una vez presentada la solicitud con toda la documentación, el INSS dicta resolución en un plazo aproximado de 30 días hábiles. Recibirás la notificación por el medio que hayas indicado (habitualmente electrónico) y, si es favorable, el pago se realiza directamente en tu cuenta bancaria, normalmente a mes vencido. Si falta algún documento, la Administración puede requerírtelo, lo que puede retrasar la resolución, de ahí la importancia de adjuntar todo desde el principio.

Cómo solicitar las semanas adicionales de 2026

Desde el 1 de enero de 2026 pueden solicitarse las dos semanas adicionales de prestación por nacimiento y cuidado de menor introducidas por la normativa de 2025. Se piden por separado, como un período sucesivo de disfrute, con un máximo de 15 días de antelación a la fecha de inicio. Con carácter general, estas semanas extra pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años.

El circuito es el mismo que el de la prestación ordinaria: primero comunicas a tu empresa la intención de disfrutarlas (idealmente con al menos 15 días de antelación, para que emita el certificado correspondiente), después presentas la solicitud en el Portal de Prestaciones como período sucesivo y, por último, descargas el justificante de registro. Cada progenitor gestiona sus propias semanas adicionales de forma individual.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se solicita la prestación por nacimiento online en la Seguridad Social?

A través de la sede electrónica de la Seguridad Social, en el Portal de Prestaciones del INSS, identificándote con Cl@ve, certificado digital o DNIe. Se rellena el modelo, se adjunta la documentación y se firma el envío; al final se descarga el justificante de registro.

¿Qué documentación necesito para la baja por maternidad en 2026?

El modelo de solicitud, tu DNI/NIE, el informe de maternidad del hospital, el libro de familia o certificado de inscripción del menor y, si trabajas por cuenta ajena, el certificado de empresa. En adopción o acogimiento se añade la resolución correspondiente.

¿Cuál es el plazo para solicitar la baja por paternidad?

Lo ideal es presentarla dentro de los 15 días siguientes al inicio del descanso. Hay un margen mayor, pero si te retrasas puedes perder el cobro de los días transcurridos, porque los efectos económicos se retrotraen de forma limitada.

¿Cuánto tarda el INSS en resolver y pagar?

La resolución llega en torno a 30 días hábiles desde que la solicitud está completa. Si es favorable, el pago se ingresa en tu cuenta, habitualmente a mes vencido.

Tienes toda la información en la ficha de la prestación por nacimiento y cuidado de menor y en la sede oficial de la Seguridad Social.

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