Se me acaba el paro: ¿quién puede pedir el subsidio por desempleo y en qué se diferencia de la prestación?
7 de agosto de 2026
Se te acaba el paro y te preguntas qué ayuda puedo pedir si se me acaba el paro. La respuesta, en la mayoría de casos, es el subsidio por desempleo: una ayuda del nivel asistencial del SEPE que da cobertura cuando ya no tienes derecho a la prestación contributiva (el paro) o cuando nunca llegaste a tenerla por haber cotizado poco. Son dos cosas distintas y conviene no mezclarlas. En esta guía verás en qué se diferencian, qué perfiles pueden pedir el subsidio y qué requisito de rentas hay que cumplir, para que sepas si te corresponde antes de acudir al SEPE.
Qué ayuda puedo pedir si se me acaba el paro: subsidio frente a prestación
La prestación contributiva (el paro) es de naturaleza contributiva: la cobras porque has cotizado y su cuantía depende de tu base reguladora y del tiempo cotizado. Para tener derecho necesitas haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años, y cobras el 70 % de tu base los primeros meses y el 60 % después.
El subsidio por desempleo es asistencial: no depende de lo que cotizaste, sino de que te encuentres en una situación de necesidad (falta de rentas o cargas familiares). Su cuantía es fija y está ligada al IPREM, con la escala decreciente introducida por el RD-ley 2/2024 (95 %, 90 % y 80 % del IPREM según el tramo); puedes ver cuánto se cobra en cada tramo. Dicho de forma sencilla: el paro premia lo cotizado; el subsidio cubre la necesidad cuando el paro ya no está o nunca existió.
Perfiles que pueden pedir el subsidio por desempleo
El subsidio no es una única ayuda, sino una familia de subsidios con requisitos algo distintos. Estos son los perfiles más habituales:
1. Has agotado la prestación contributiva
Es el caso clásico del subsidio por agotamiento de la prestación contributiva. Si cobrabas el paro y se te ha acabado, puedes pasar al subsidio siempre que tengas responsabilidades familiares o seas mayor de 45 años (en este último caso, aun sin cargas, con condiciones específicas). Es la transición natural para quien ha agotado su derecho contributivo.
2. Cotizaste, pero no lo suficiente para el paro (3 a 5 meses)
Es el subsidio por cotización insuficiente. Si has trabajado y cotizado pero no llegas a los 360 días necesarios para el paro, puedes acceder al subsidio si cotizaste entre 3 y 5 meses. La duración depende de los meses cotizados y de si tienes o no responsabilidades familiares.
3. Personas mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años es el más protector: se cobra el 80 % del IPREM (480 € al mes) hasta la edad de jubilación y el SEPE cotiza por tu pensión. Exige cumplir requisitos de cotización previa por desempleo y por jubilación.
4. Emigrantes retornados y otros colectivos
También pueden pedir subsidio los emigrantes retornados de países sin convenio que acrediten haber trabajado fuera, las personas liberadas de prisión y quienes se encuentran en otras situaciones específicas previstas en la norma. Cada uno tiene su propio subsidio con requisitos concretos.
El requisito clave: el límite de rentas
Todos los subsidios comparten una condición esencial: carecer de rentas propias superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Es el filtro que convierte al subsidio en una ayuda asistencial: se dirige a quien realmente lo necesita.
La reforma introdujo, además, un matiz importante en el cómputo de rentas cuando hay familia: en determinados supuestos se valora la renta del conjunto de la unidad familiar dividida entre sus miembros, lo que puede cambiar el resultado respecto al sistema anterior. Por eso, aunque creas que superas el límite por tus ingresos individuales, merece la pena comprobarlo, porque tener personas a cargo puede darte acceso a la ayuda.
Novedad del RD-ley 2/2024: solicítalo en cuanto cumplas los requisitos
Antes de la reforma existía un "mes de espera" tras agotar el paro y luego una ventana muy breve para pedir el subsidio, lo que hacía perder el derecho a muchas personas por un despiste. Con el RD-ley 2/2024 (vigente desde el 1 de noviembre de 2024) desaparece el mes de espera: puedes solicitar el subsidio en cuanto reúnas los requisitos, sin esperas artificiales, dentro de un plazo amplio. La recomendación práctica es hacerlo cuanto antes, porque la ayuda no tiene efectos retroactivos ilimitados.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre el paro y el subsidio?
El paro (prestación contributiva) depende de tu cotización y su cuantía se calcula sobre tu base reguladora; exige haber cotizado al menos 360 días. El subsidio es asistencial, de cuantía fija ligada al IPREM, y se dirige a quien ha agotado el paro, ha cotizado poco o carece de rentas.
¿Quién tiene derecho al subsidio por desempleo?
Principalmente quien ha agotado la prestación contributiva con cargas familiares o siendo mayor de 45 años, quien cotizó entre 3 y 5 meses (cotización insuficiente), los mayores de 52 años, los emigrantes retornados y otros colectivos específicos, siempre que no superen el límite de rentas.
¿Puedo pedir subsidio si nunca he cobrado el paro?
Sí. Existe el subsidio por cotización insuficiente para quien cotizó entre 3 y 5 meses sin llegar a los 360 días necesarios para el paro. También hay subsidios para colectivos concretos que no exigen haber cobrado antes la prestación contributiva.
¿Cuánto puedo ganar sin perder el subsidio?
El límite general es no tener rentas propias superiores al 75 % del SMI (sin contar las pagas extra). Cuando hay familia a cargo, en ciertos supuestos se valora la renta del conjunto de la unidad familiar dividida entre sus miembros.
Consulta los requisitos completos en la ficha del subsidio por desempleo del SEPE y en la fuente oficial: la página del SEPE sobre el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva. Y si aún dudas entre el paro y el subsidio, revisa antes la ficha de la prestación contributiva (el paro). Así que, ante la pregunta de qué ayuda puedo pedir si se me acaba el paro, lo más probable es que la respuesta sea el subsidio: compruébalo en segundos con nuestro simulador.