Deducciones autonómicas del IRPF en Comunidad de Madrid 2026: todas las que puedes aplicar
27 de septiembre de 2026
Las deducciones autonómicas del IRPF de la Comunidad de Madrid para 2026 permiten rebajar de forma notable la cuota que pagas en la declaración de la Renta, siempre que hayas residido en la comunidad durante 2025. La Comunidad de Madrid mantiene 23 deducciones propias que, a diferencia de las estatales, no aparecen automáticamente en el borrador: tienes que introducirlas tú manualmente en Renta Web. Por eso muchos contribuyentes las pierden. En esta guía repasamos las más relevantes, agrupadas por tema, con su importe, porcentaje y requisito principal según el folleto oficial de la Agencia Tributaria. Recuerda que todas se aplican en la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2025, que se presenta en la primavera de 2026.
Si quieres una visión de conjunto de todas las comunidades, puedes consultar nuestra guía comparativa de deducciones autonómicas del IRPF 2026 por comunidad. Y antes de nada, comprueba qué ayudas y prestaciones te corresponden con nuestro simulador de ayudas.
Familia, hijos y natalidad
Por nacimiento o adopción de hijos
Puedes deducir 721,70 € por cada hijo nacido o adoptado a partir del 1 de enero de 2023. La deducción se aplica durante tres años: el del nacimiento o adopción y los dos siguientes. En partos o adopciones múltiples, el importe del primer año se incrementa en 721,70 € adicionales por cada hijo. Requisito principal: la suma de bases imponibles no puede superar 30.930 € en tributación individual ni 37.322,20 € en conjunta, con un tope de 61.860 € para toda la unidad familiar.
Por adopción internacional de niños
Deducción específica de 721,70 € por cada hijo adoptado en el ámbito internacional, compatible con la anterior. Cubre los gastos derivados del proceso de adopción internacional.
Por acogimiento familiar de menores
Dirigida a las familias que acogen a menores en régimen de acogimiento familiar. Según las cuantías que recoge el manual, el importe crece con el número de menores acogidos (en el entorno de 618,60 € por el primer menor, 773,25 € por el segundo y 927,90 € por el tercero y sucesivos). Conviene verificar la cifra exacta aplicable a tu caso, ya que depende del número de menores y del cumplimiento de los límites de renta.
Familia numerosa de categoría general o especial
Quienes obtengan la condición de familia numerosa pueden deducir un porcentaje de la cuota íntegra autonómica: en torno al 50% para la categoría general y el 100% para la especial, con límites máximos que se elevan en tributación conjunta. Es una de las deducciones más potentes de la comunidad. Comprueba el importe máximo aplicable en el folleto oficial, ya que está topado en función de la categoría.
Para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos
Pensada para familias con al menos dos hijos y rentas bajas. Consiste en un porcentaje sobre la suma de la cuota íntegra autonómica y estatal una vez descontadas otras deducciones. Requisito principal: ingresos de la unidad familiar por debajo del umbral que fija la norma.
Por cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad
Cubre las cotizaciones a la Seguridad Social de una persona empleada de hogar contratada para el cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes o personas con discapacidad. La deducción es un porcentaje de las cotizaciones satisfechas, con un máximo anual e importes reforzados para familias numerosas. Se exige estar dado de alta como empleador y cumplir los límites de renta.
Vivienda y alquiler
Por arrendamiento de la vivienda habitual
Una de las deducciones estrella para jóvenes. Puedes deducir el 30% de las cantidades pagadas por el alquiler de tu vivienda habitual, con un máximo de 1.237,20 €. Requisito principal: tener menos de 40 años en la fecha de devengo (normalmente el 31 de diciembre) y que la suma de bases imponibles no supere 26.414,22 € en individual ni 37.322,20 € en conjunta, con un tope de 61.860 € para la unidad familiar. Además, lo pagado por alquiler debe superar el 20% de esa suma de bases y es imprescindible tener el resguardo del depósito de la fianza en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.
Por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos
Deducción del 10% del precio de adquisición de la vivienda comprada como consecuencia del nacimiento o adopción de un hijo, prorrateada durante varios ejercicios. La vivienda debe constituir o ir a constituir la residencia habitual de la unidad familiar.
Por el pago de intereses de préstamos para vivienda de jóvenes menores de 30 años
Los contribuyentes menores de 30 años pueden deducir un porcentaje de los intereses del préstamo hipotecario destinado a la adquisición de su vivienda habitual, dentro de los límites de renta establecidos por la comunidad.
Deducciones por despoblación
Para dinamizar la España vaciada, Madrid mantiene la deducción por cambio de residencia a un municipio en riesgo de despoblación y la por adquisición de vivienda habitual en esos municipios (en torno al 10% del precio de compra). También existe la deducción por el incremento de los costes de la financiación ajena de la vivienda habitual derivado de la subida de los tipos de interés, así como las deducciones por gastos de arrendamiento y por arrendamiento de viviendas vacías dirigidas a propietarios.
Educación y estudios
Por gastos educativos
Una de las deducciones más aprovechadas por las familias madrileñas. Puedes deducir:
- 15% de los gastos de escolaridad (máximo 927,90 € por hijo; hasta 1.031 € en el primer ciclo de Educación Infantil).
- 15% de la enseñanza de idiomas (máximo 412,40 € por hijo).
- 5% de la adquisición de vestuario escolar de uso exclusivo (máximo 412,40 € por hijo).
Requisito principal: la suma de bases imponibles de la unidad familiar no puede superar 30.930 € multiplicado por el número de miembros. La base de deducción se reduce con las becas y ayudas obtenidas, y quedan excluidos comedor, transporte, libros de texto y campamentos.
Por el pago de intereses de préstamos a estudios de Grado, Máster y Doctorado
Permite deducir los intereses de los préstamos concedidos para financiar estudios universitarios de Grado, Máster o Doctorado, tanto propios como de los hijos.
Cuidado de mayores, dependencia y discapacidad
Por cuidado de ascendientes
Dirigida a quienes tienen a su cargo ascendientes mayores o con discapacidad que conviven con el contribuyente y generan derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes, dentro de los límites de renta de la comunidad.
Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad
Beneficia a quienes acogen sin contraprestación a una persona mayor de 65 años o con discapacidad. Es una deducción de cuantía fija por persona acogida, condicionada a la convivencia durante el periodo exigido.
Donativos, inversión y autoempleo
Por donativos a fundaciones y clubes deportivos
Deducción del 15% de las cantidades donadas a fundaciones y clubes deportivos con sede en la Comunidad de Madrid, con el límite general aplicable sobre la base liquidable.
Fomento del autoempleo y la inversión
Madrid apoya el emprendimiento con la deducción para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 35 años, la inversión en acciones y participaciones de entidades nuevas o de reciente creación, la inversión en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil y la deducción por inversiones de nuevos contribuyentes procedentes del extranjero. Cada una tiene su propio porcentaje, máximo y requisitos de mantenimiento de la inversión.
Preguntas frecuentes
¿Aparecen estas deducciones en el borrador de la Renta?
No. Las deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid no se incorporan automáticamente al borrador. Debes introducirlas manualmente en Renta Web en la sección de deducciones autonómicas, así que revísalas una a una antes de confirmar tu declaración.
¿Puedo aplicar la deducción por alquiler si tengo 39 años?
Sí. Desde la última reforma, la deducción por arrendamiento de vivienda habitual se aplica a inquilinos con menos de 40 años en la fecha de devengo del impuesto, siempre que cumplas los límites de renta y tengas depositada la fianza en la Agencia de Vivienda Social de Madrid.
¿Se pueden combinar varias deducciones autonómicas?
Sí, puedes aplicar todas las deducciones para las que cumplas los requisitos (por ejemplo, gastos educativos y familia numerosa a la vez), siempre respetando los límites de renta propios de cada una y los topes máximos individuales.
¿Dónde compruebo las cifras exactas y los últimos cambios?
La fuente oficial es el folleto de deducciones autonómicas de la Agencia Tributaria. Consulta el Manual práctico de Renta de la Comunidad de Madrid, ya que algunos importes máximos pueden actualizarse cada campaña.