Deducciones autonómicas del IRPF en Comunitat Valenciana 2026: todas las que puedes aplicar
24 de septiembre de 2026
Las deducciones autonómicas del IRPF de la Comunitat Valenciana para 2026 son rebajas fiscales que se aplican en la declaración de la Renta y que se suman a las deducciones estatales. Solo pueden usarlas quienes tuvieron su residencia habitual en territorio valenciano durante el ejercicio, y se restan en la parte autonómica de la cuota. En esta guía repasamos, agrupadas por tema, las principales deducciones vigentes con su importe, su porcentaje y su requisito clave, tomando como referencia el manual oficial de la Agencia Tributaria. Recuerda que casi todas exigen no superar unos límites de renta (la suma de la base liquidable general y del ahorro) y que las cantidades se han de pagar por medios distintos al efectivo. Esta ficha forma parte de nuestra guía general de deducciones autonómicas del IRPF 2026 por comunidad.
Familia, hijos y conciliación
Es el bloque más amplio y el que más contribuyentes valencianos aprovechan. La mayoría de estas deducciones exige tener derecho al mínimo por descendientes y respetar los límites de renta.
Por nacimiento, adopción o acogimiento
La deducción asciende a 600 euros por el primer hijo o hija, 750 euros por el segundo y 900 euros por el tercero y sucesivos (importes vigentes desde el 1 de junio de 2025). Se aplica en el ejercicio del nacimiento o adopción. El importe íntegro corresponde a bases liquidables inferiores a 27.000 euros en tributación individual (44.000 en conjunta), y se reduce de forma progresiva hasta desaparecer a partir de 30.000 euros (47.000 en conjunta).
Por familia numerosa o monoparental
La cuantía es de 330 euros para la categoría general y 660 euros para la categoría especial. Los límites de renta son más altos aquí: 30.000/47.000 euros (individual/conjunta) para la general y 35.000/58.000 euros para la especial.
Por custodia en guardería (menores de 3 años)
Puedes deducir el 15% de lo pagado por la custodia no ocasional en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil, con un máximo de 297 euros por hijo menor de tres años. Ambos progenitores deben trabajar por cuenta propia o ajena. El límite de renta es 30.000/47.000 euros.
Por conciliación del trabajo con la vida familiar
Es una deducción de 460 euros por hijo de entre 3 y 5 años, dirigida a las madres que trabajan y cotizan a la Seguridad Social. Se calcula de forma proporcional a los meses en que se cumplen los requisitos, con el límite de renta habitual de 30.000/47.000 euros.
Por dos o más descendientes
Los contribuyentes con dos o más hijos que dan derecho al mínimo por descendientes pueden deducir el 10% de la cuota íntegra autonómica (una vez descontadas otras minoraciones). El requisito es que la suma de las bases imponibles de la familia no supere los 30.000 euros.
Por adquisición de material escolar
Deducción de 110 euros por cada hijo escolarizado en Educación Primaria, ESO o unidades de educación especial. Exige estar en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo, y respetar el límite de renta de 30.000/47.000 euros.
Vivienda y alquiler
La Comunitat Valenciana mantiene un conjunto de deducciones tanto para el inquilino como para quien compra su primera vivienda o invierte en eficiencia energética.
Por arrendamiento (o cesión en uso) de la vivienda habitual
Como inquilino puedes deducir el 20% del alquiler, con un máximo de 800 euros. El porcentaje sube al 25% (máximo 950 euros) si tienes 35 años o menos, discapacidad igual o superior al 65% o eres víctima de violencia de género, y al 30% (máximo 1.100 euros) si reúnes dos o más de esas condiciones. Requiere que la vivienda sea la habitual y no ser propietario de otra a menos de 50 km, con límite de renta de 30.000/47.000 euros.
Por primera adquisición de vivienda habitual (35 años o menos)
Los contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años que compran su primera vivienda habitual pueden deducir el 5% de las cantidades satisfechas (excluidos los intereses), siempre que la suma de bases no supere 30.000 euros en individual o 47.000 en conjunta.
Por autoconsumo y energías renovables
La inversión en instalaciones de autoconsumo eléctrico o de generación de energía a partir de fuentes renovables da derecho a deducir el 40% en la vivienda habitual (20% en segundas viviendas), sobre una base máxima de 8.800 euros por vivienda. No computan las cantidades cubiertas por subvenciones públicas.
Salud, deporte y fertilidad
Este bloque, ampliado en los últimos años, tiene límites de renta más generosos: 60.000 euros en individual y 78.000 en conjunta para las deducciones de salud y deporte.
Por determinados gastos de salud
Incluye varias modalidades: hasta 100 euros por el cuidado de personas con enfermedades crónicas de alta complejidad, enfermedades raras, daño cerebral adquirido o alzhéimer (150 euros en familias numerosas o monoparentales); el 30% de la salud bucodental no estética (máximo 150 euros); el 30% de la salud mental (máximo 150 euros); y el 30% de la salud visual (gafas, lentes de contacto y líquidos), con un máximo de 100 euros.
Por deporte y actividades saludables
Deducción del 30% de los gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables (gimnasios, clubes, fisioterapeutas, nutricionistas, podólogos), con un límite de 150 euros anuales por contribuyente. El porcentaje sube al 50% si tienes 65 años o más o discapacidad igual o superior al 33%, y al 100% a partir de 75 años o discapacidad del 65%.
Por tratamientos de fertilidad
Deducción de 100 euros para las mujeres de entre 40 y 45 años que se hayan sometido a tratamientos de fertilidad en clínicas o centros autorizados, dentro de los límites de renta de 30.000/47.000 euros.
Cultura y territorio
Por abonos culturales
Quienes tengan rentas inferiores a 50.000 euros pueden deducir el 21% de lo pagado por el Abono Cultural de entidades adheridas, sobre una base máxima de 165 euros.
Por residir en un municipio en riesgo de despoblamiento
Deducción base de 330 euros por vivir en un municipio en riesgo de despoblamiento, que se incrementa en 132 euros con un descendiente, 198 euros con dos y 264 euros con tres o más.
Otras deducciones que conviene revisar
El plan valenciano incluye deducciones adicionales cuyos importes concretos debes confirmar en tu caso, ya que varían según la situación o no las hemos detallado aquí para no dar cifras sin contrastar: por ascendientes mayores de 75 años (o mayores de 65 con discapacidad), por contribuyentes con discapacidad, por donaciones ecológicas, al Patrimonio Cultural Valenciano o al fomento de la lengua, por obras de conservación y mejora de la vivienda, por adquisición de determinados vehículos, por inversión en empresas de nueva creación y las deducciones específicas para las personas afectadas por la DANA de octubre de 2024. Consulta cada una en la fuente oficial antes de aplicarla.
Ten en cuenta que todas estas deducciones son fiscales: reducen lo que pagas en la declaración de la Renta, no son ayudas que se cobren. Si además quieres saber a qué prestaciones y ayudas directas podrías tener derecho por tu situación, prueba nuestro simulador de ayudas, que cruza tu perfil con el catálogo estatal y autonómico.
Preguntas frecuentes
¿Estas deducciones valen para la declaración que hago en 2026?
Sí. Los importes recogidos aquí proceden del manual de la Agencia Tributaria correspondiente al ejercicio 2025, que es el que se declara en la campaña de la Renta que se presenta en 2026. Confirma siempre la cifra y los requisitos en la fuente oficial antes de aplicarla.
¿Puedo aplicar varias deducciones autonómicas a la vez?
En general sí, siempre que cumplas los requisitos de cada una y respetes sus límites de renta. Algunas son incompatibles entre sí (por ejemplo, la de conciliación con la de contratar a una persona para el cuidado), por lo que conviene revisar cada ficha.
¿Qué pasa si mi renta supera el límite?
La mayoría de deducciones familiares se aplican íntegras por debajo de 27.000 euros (44.000 en conjunta) y se reducen de forma progresiva hasta desaparecer en 30.000/47.000 euros. Si superas el umbral máximo, pierdes el derecho a esa deducción concreta.
¿Sirven las deducciones autonómicas si vivo en otra comunidad?
No. Solo puedes aplicar las deducciones valencianas si tu residencia habitual durante el ejercicio estuvo en la Comunitat Valenciana. Si te has mudado, revisa las deducciones de tu comunidad en nuestra guía por comunidad.
Puedes consultar el detalle y los requisitos completos en el manual de deducciones autonómicas de la Comunitat Valenciana de la Agencia Tributaria.