Deducciones autonómicas del IRPF en Illes Balears 2026: todas las que puedes aplicar

18 de septiembre de 2026

Las deducciones autonómicas del IRPF de Illes Balears que puedes aplicar en la declaración de la Renta de 2026 forman uno de los paquetes fiscales más amplios de España: el archipiélago mantiene una veintena larga de deducciones propias que se restan de la cuota autonómica y que premian tener hijos, pagar un alquiler, cuidar de mayores o personas con discapacidad, formar a los hijos o invertir en la sostenibilidad de la vivienda. Se aplican solo si tuviste tu residencia fiscal en Baleares durante el ejercicio, se suman a las deducciones estatales y, en la mayoría de los casos, están condicionadas a que tu renta no supere unos límites. En esta guía las agrupamos por temas, con el importe y el requisito principal de cada una. Si además quieres saber qué prestaciones directas puedes pedir, revisa después nuestro simulador de ayudas.

Una aclaración importante antes de entrar en detalle: las deducciones no se «solicitan» como una subvención, sino que se consignan en tu declaración de la Renta, reduciendo lo que pagas o aumentando lo que te devuelven. Las cuantías que verás corresponden a la campaña que se presenta en 2026 (ejercicio 2025). Para el detalle exacto y las últimas actualizaciones normativas conviene contrastar siempre la ficha de cada deducción en la Guía de deducciones autonómicas de la Agencia Tributaria. Esta página forma parte de nuestra comparativa general de deducciones autonómicas del IRPF 2026 por comunidad.

Familia, hijos y conciliación

Baleares concentra buena parte de su esfuerzo fiscal en las familias, con deducciones por natalidad que se pagan «por tramos» según el número de hijos y que incluso admiten abono anticipado si no tienes cuota suficiente para aplicarlas.

Deducción por nacimiento

Puedes deducir 800 € por el primer hijo, 1.000 € por el segundo, 1.200 € por el tercero y 1.400 € por el cuarto y siguientes. El hijo debe generar derecho al mínimo por descendientes y haber residido tú en Baleares el año anterior al nacimiento. El límite de renta es más generoso que en otras deducciones: la suma de la base imponible general y del ahorro no puede superar 52.800 € en tributación individual ni 84.480 € en conjunta (63.360 € y 101.376 € en familias numerosas o monoparentales). Quien supere esos umbrales puede aplicar aún el 50 % de la deducción.

Deducción por adopción

Con los mismos importes que la anterior (800 a 1.400 € según el orden del hijo adoptado), se aplica en el ejercicio en que se inscribe la adopción en el Registro Civil. Aquí el límite de renta es más bajo: 33.000 € en individual y 52.800 € en conjunta (39.600 € y 63.360 € para familias numerosas o monoparentales con dos o más hijos).

Gastos de conciliación para menores de 6 años

Cubre escuelas infantiles, custodia, comedor, actividades extraescolares o la contratación de personal para el cuidado del menor. La deducción es del 40 % del gasto, con un máximo de 660 € al año, que sube al 50 % y hasta 900 € para menores de 36 años, personas con discapacidad igual o superior al 33 %, autónomos y familias numerosas o monoparentales. Exige realizar una actividad que genere rendimientos del trabajo y pagar por medios bancarios. Límite de renta: 33.000 €/52.800 € (ampliable en familias numerosas). Es incompatible con la deducción por mayores o personas con discapacidad sobre el mismo beneficiario.

Discapacidad, dependencia y salud

Discapacidad del declarante o descendientes

Por cada persona con discapacidad de la unidad familiar residente en Baleares, la deducción es de 88 € si la discapacidad física o sensorial está entre el 33 % y el 65 % y de 165 € si es física o sensorial de grado igual o superior al 65 %, o psíquica del 33 % o más. Requiere que la suma de bases imponibles no supere 33.000 € (individual) o 52.800 € (conjunta).

Gastos por personas mayores de 65 años o con discapacidad

Se deduce el 40 % de los gastos, con un tope de 660 € anuales por persona, por servicios prestados a mayores de 65 años, a personas con discapacidad igual o superior al 33 % o a ascendientes y descendientes a cargo en esa situación: residencias, centros de día, comedor o la contratación de cuidadores. Se paga por medios bancarios y con la persona empleada dada de alta en la Seguridad Social. Límites de renta: 33.000 €/52.800 €. Es incompatible con la deducción de conciliación de menores de 6 años, pero compatible con la de ELA.

Gastos derivados de la esclerosis lateral amiotrófica (ELA)

Una deducción específica y potente: el 100 % de los gastos derivados de la ELA del contribuyente, sus descendientes o ascendientes a cargo, con un límite conjunto de 3.500 € por cada persona afectada. Los límites de renta son los altos (52.800 € en individual y 84.480 € en conjunta). Quedan fuera las primas de seguros de salud y cualquier gasto sin relación directa con la enfermedad.

Educación y estudios de los hijos

Libros de texto

Deduce el 100 % del gasto en libros de texto por cada hijo, con un máximo de 220 € por hijo, que se amplía a 350 € para menores de 30 años, personas con discapacidad del 33 % o más, familias numerosas o monoparentales con dos o más hijos y autónomos con al menos 183 días de alta. Solo cuentan los libros de currículos oficiales, desde educación infantil hasta formación profesional. Límite de renta general: 33.000 €/52.800 € (ampliable en familias numerosas).

Aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros

El 15 % de los gastos, con un máximo de 110 € por hijo, por la enseñanza de una lengua extranjera fuera del horario escolar. No entran los campamentos de verano ni los estudios en el extranjero. Mismos límites de renta: 33.000 € en individual y 52.800 € en conjunta.

Estudios de educación superior fuera de la isla

Pensada por la insularidad: 1.800 € por cada descendiente que curse estudios superiores (universitarios, FP superior, enseñanzas artísticas o deportivas) fuera de su isla de residencia habitual, siempre que dependa económicamente de ti, no haya obtenido rentas superiores a 8.000 € y realice al menos un curso completo o 30 créditos. El importe no puede superar el 50 % de la cuota íntegra autonómica. Límites de renta: 33.000 €/52.800 €.

Vivienda y alquiler

Arrendamiento de la vivienda habitual

Es una de las deducciones más consultadas. Con carácter general, deduces el 15 % del alquiler, hasta 530 €, si eres menor de 36 años o mayor de 65 sin actividad laboral. El porcentaje sube al 20 %, hasta 650 €, si eres menor de 30 años, tienes una discapacidad del 33 % o más, formas parte de una familia numerosa o monoparental con dos o más hijos, o eres autónomo con un mínimo de 183 días de alta. Requiere contrato de al menos un año y no ser propietario de otra vivienda a menos de 70 km. Límites de renta: 33.000 €/52.800 € en general, ampliados hasta 39.600 €/63.360 € (o 42.900 €/68.640 € en familia numerosa especial).

Inversiones de mejora de la sostenibilidad en la vivienda habitual

El 50 % de la inversión, con una base máxima de 10.000 € al año, por instalar energías renovables (solar, biomasa, geotermia) o sistemas de ahorro y reutilización de agua. La clave: hay que mejorar al menos un nivel la calificación energética, acreditado con certificados antes y después de la obra. Puede aplicarla el propietario o el arrendador que cumpla determinadas condiciones. Límites de renta: 33.000 €/52.800 €.

Trabajo, autoempleo y otras deducciones

Fomento de la autoocupación

Deducción de 1.000 € para quien se da de alta por primera vez en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, desarrolla su actividad principalmente en Baleares y se mantiene en el censo al menos un año. Límites de renta: 33.000 €/52.800 €.

Además de las anteriores, Baleares mantiene otras deducciones más específicas dentro de sus 24 medidas: arrendamiento por traslado temporal a otra isla, compensación por vivienda ocupada ilegalmente, incentivos al arrendador (primas de seguros y otros gastos), inversión en acciones de nuevas entidades, ocupación de plazas de difícil cobertura, ayudas por emergencias de protección civil y varias líneas de donaciones (investigación, mecenazgo cultural, científico y deportivo, fomento de la lengua catalana y tercer sector). Si crees que alguna te aplica, revisa su ficha oficial antes de declararla.

Preguntas frecuentes

¿Estas deducciones se suman a las del Estado?

Sí. Las deducciones autonómicas de Baleares reducen la parte autonómica de la cuota del IRPF y son compatibles con las deducciones estatales (maternidad, familia numerosa, etc.). Se aplican dentro de la misma declaración de la Renta.

¿Puedo aplicarlas si me he mudado a Baleares hace poco?

Solo si tu residencia fiscal durante el ejercicio estuvo en las Illes Balears, es decir, si viviste allí más días que en cualquier otra comunidad. Algunas deducciones, como la de nacimiento, exigen además haber residido en el archipiélago el año anterior.

¿Qué pasa si mi renta supera el límite por poco?

En la mayoría de deducciones, superar el umbral de base imponible te deja sin derecho a aplicarlas. La deducción por nacimiento es una excepción, ya que permite aplicar el 50 % por encima de los límites. Conviene revisar el requisito de renta de cada una antes de incluirla.

¿Dónde confirmo los importes exactos?

En la sede electrónica de la Agencia Tributaria, dentro del manual de deducciones autonómicas de la campaña que se presenta en 2026. Cada deducción tiene su ficha con importes, límites y documentación exigida; ahí verás también si ha habido cambios normativos de última hora.

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