Deducciones autonómicas del IRPF en Aragón 2026: todas las que puedes aplicar

16 de septiembre de 2026

Las deducciones autonómicas del IRPF de Aragón que puedes aplicar en la declaración de la Renta de 2026 permiten rebajar la parte autonómica de tu cuota si cumples ciertos requisitos de familia, edad, renta o lugar de residencia. Se suman a las deducciones estatales y solo las aprovechan quienes tuvieron su residencia habitual en Aragón durante el ejercicio. A continuación tienes las principales, agrupadas por temas, con su importe y su requisito principal. Recuerda que todas se aplican al presentar la declaración de la Renta, no antes, y que casi todas están condicionadas a un límite de base imponible.

Si quieres saber qué ayudas y prestaciones te corresponden más allá del IRPF, puedes usar nuestro simulador de ayudas antes de seguir. Y para comparar con otras regiones, consulta la guía de deducciones autonómicas del IRPF 2026 por comunidad.

Familia, hijos y nacimiento

Por nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos

La deducción es de 500 euros por cada hijo nacido o adoptado que sea el tercero o siguiente. La cuantía sube a 600 euros cuando la suma de las bases imponibles (general y del ahorro), menos el mínimo del contribuyente, no supera 21.000 euros en tributación individual o 35.000 euros en conjunta. Solo se aplica en el ejercicio del nacimiento o la adopción.

Por nacimiento o adopción del primer y/o segundo hijo en municipios de menos de 10.000 habitantes

Para quienes residen en municipios aragoneses con población inferior a 10.000 habitantes: 100 euros por el primer hijo y 150 euros por el segundo. Estos importes se elevan a 200 y 300 euros respectivamente si la suma de la base imponible general y del ahorro no supera 23.000 euros (individual) o 35.000 euros (conjunta). Exige haber residido en un municipio elegible tanto en el año del nacimiento como en el anterior.

Por nacimiento o adopción de un hijo con discapacidad igual o superior al 33%

200 euros por cada hijo nacido o adoptado con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% antes del 31 de diciembre. Es compatible con la deducción por tercer hijo y con la de adopción internacional.

Por adopción internacional de niños

600 euros por cada hijo adoptado en el periodo impositivo cuando se trate de una adopción internacional formalizada conforme a la normativa aplicable. Es compatible con las anteriores deducciones por nacimiento o adopción.

Cuidado, dependencia y mayores

Por el cuidado de personas dependientes

150 euros por el cuidado de una persona dependiente que conviva con el contribuyente al menos la mitad del periodo impositivo. Se consideran dependientes los ascendientes mayores de 75 años y los ascendientes o descendientes con discapacidad igual o superior al 65%. La persona dependiente no puede obtener rentas anuales superiores a 8.000 euros, y la suma de bases imponibles del contribuyente (menos el mínimo) no debe superar 21.000 euros en individual o 35.000 euros en conjunta.

Para mayores de 70 años

75 euros por contribuyente que tenga 70 años o más y obtenga rendimientos del trabajo o de actividades económicas. Se aplica cuando la suma de la base imponible general y del ahorro no supera 23.000 euros (individual) o 35.000 euros (conjunta).

Estudios y educación

Por adquisición de libros de texto y material escolar

Deduce el gasto en libros de texto y material escolar de Primaria y Secundaria, con topes que dependen del nivel de renta y del tipo de declaración. En tributación conjunta (sin familia numerosa) el tope llega a 100 euros por hijo con bases hasta 12.000 euros, y va disminuyendo por tramos hasta un límite de renta de 25.000 euros. En individual el límite de renta es 12.500 euros. Las familias numerosas aplican cuantías fijas superiores. Debe restarse cualquier beca o ayuda recibida para estos gastos y conservar factura y justificante de pago bancario.

Por gastos en clases de apoyo o refuerzo

25% de lo pagado por clases de apoyo o refuerzo de los descendientes fuera del horario lectivo, con topes por descendiente según la renta (hasta 200 euros en conjunta o 100 euros en individual en el tramo más bajo, y 300 euros para familias numerosas). El límite de renta para aplicarla es 12.500 euros en individual y 25.000 euros en conjunta (superior en familias numerosas). Requiere factura y pago por medios bancarios.

Por gastos de guardería de hijos menores de 3 años

15% de los gastos de guardería o centro de educación infantil autorizado, con un máximo de 250 euros por hijo (y 125 euros en el año en que cumple los 3). Se exige que la suma de bases imponibles no supere 35.000 euros en individual o 50.000 euros en conjunta, con una base del ahorro que no exceda de 4.000 euros. El pago debe realizarse por medios bancarios.

Vivienda

Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales

Los menores de 36 años pueden deducir un 5% de las cantidades pagadas por adquirir o rehabilitar su vivienda habitual en municipios o núcleos rurales de menos de 3.000 habitantes. En zonas con alto o extremo riesgo de despoblación el porcentaje sube al 7,5%. Conviene confirmar la base máxima aplicable y los requisitos de renta en la ficha oficial antes de aplicarla.

Por adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo

3% de las cantidades satisfechas por la adquisición de la vivienda habitual situada en Aragón por quienes tengan reconocida la condición de víctima del terrorismo (o su cónyuge o hijos).

Por arrendamiento de vivienda social (deducción del arrendador)

Aragón contempla una deducción para el propietario que arrienda una vivienda como vivienda social conforme a la normativa autonómica. Es una deducción específica y de aplicación limitada; consulta el porcentaje y los requisitos exactos en la ficha oficial de la Agencia Tributaria si es tu caso.

Despoblación, donaciones y otras

Por residencia en determinados municipios

600 euros por contribuyente que resida habitualmente en asentamientos rurales en riesgo extremo de despoblación (Rango X) durante el año de devengo y los cuatro siguientes. Los límites de base liquidable son 35.000 euros en individual y 50.000 euros en conjunta, con base del ahorro no superior a 4.000 euros. El listado de municipios elegibles lo publica la propia normativa.

Por donaciones con finalidad ecológica y en I+D

Aragón permite deducir un porcentaje de las donaciones a entidades con finalidad ecológica o de investigación y desarrollo científico y técnico. Según distintas fuentes el porcentaje se sitúa en torno al 20%, con un límite del 10% de la cuota íntegra autonómica; verifícalo en la ficha oficial, ya que no hemos podido confirmar el dato exacto en la fuente primaria durante la elaboración de esta guía.

Aragón cuenta además con deducciones por inversión en empresas nuevas o de reciente creación, en entidades del Mercado Alternativo Bursátil y en entidades de la economía social, dirigidas a inversores concretos. Ten en cuenta que muchas de estas deducciones se benefician de un régimen de fiscalidad diferenciada, con importes más altos, para los residentes en asentamientos rurales con riesgo de despoblación.

Preguntas frecuentes

¿Se pueden combinar las deducciones autonómicas con las estatales?

Sí. Las deducciones autonómicas de Aragón reducen la parte autonómica de la cuota y se aplican además de las deducciones estatales. El propio programa Renta Web calcula ambas al confeccionar la declaración.

¿Quién puede aplicar las deducciones de Aragón?

Solo los contribuyentes que hayan tenido su residencia habitual en Aragón durante el ejercicio que se declara. Cada deducción tiene además sus propios requisitos de renta, edad, número de hijos o municipio de residencia.

¿Qué límite de renta se suele exigir?

Varía según la deducción. Muchas de las familiares usan umbrales de 21.000 a 23.000 euros en individual y 35.000 euros en conjunta, mientras que las de guardería o residencia rural manejan límites más altos (hasta 35.000-50.000 euros). Revisa siempre el requisito concreto de cada una.

¿Dónde compruebo los importes oficiales?

En el Manual práctico de Renta de la Agencia Tributaria, apartado de deducciones autonómicas de Aragón: consultar fuente oficial. Las cuantías pueden actualizarse cada campaña, así que confírmalas antes de presentar.

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