Cómo solicitar la RISGA en Galicia paso a paso (2026)
30 de agosto de 2026
Saber como solicitar la risga galicia paso a paso te ahorra idas y venidas y evita que la solicitud se retrase por falta de documentación. La Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA) es la prestación autonómica de la Xunta, regulada por la Ley 10/2013 de inclusión social de Galicia y desarrollada por el Decreto 14/2019, que se tramita a través del procedimiento BS626F. En esta guía, actualizada a 2026, te explicamos dónde presentar la solicitud, qué documentación necesitas, los plazos de resolución, cómo y cuándo se cobra, y qué hacer si te la deniegan. La solicitud está abierta todo el año, no hay convocatorias con plazo cerrado.
Cómo solicitar la RISGA en Galicia: dónde y cómo presentar la solicitud
El primer paso para solicitar la RISGA en Galicia es acudir a los Servizos Sociais Comunitarios de tu concello (ayuntamiento). Son la puerta de entrada natural: allí un profesional del trabajo social valora tu situación, elabora el informe social y te ayuda a preparar el proyecto de integración, dos piezas imprescindibles del expediente. También puedes presentar la solicitud por vía electrónica en la sede electrónica de la Xunta (procedimiento BS626F) si dispones de certificado digital, DNI electrónico o Chave365, o de forma presencial en cualquier registro administrativo.
Antes de empezar conviene tener claro que cumples los requisitos de la RISGA en Galicia y hacerte una idea de cuánto se cobra y las cuantías, porque eso te ayudará a reunir la documentación adecuada.
Paso a paso de la solicitud
- Solicita el IMV primero. La RISGA es subsidiaria del Ingreso Mínimo Vital, así que conviene haber pedido antes el IMV y las demás prestaciones a las que tengas derecho; puedes ver cuánto se cobra del Ingreso Mínimo Vital en 2026.
- Pide cita en los Servizos Sociais Comunitarios de tu ayuntamiento y expón tu situación.
- Reúne la documentación (ver checklist más abajo).
- Elabora con el trabajador social el informe social y el proyecto de integración.
- Presenta la solicitud (BS626F) en la sede electrónica, en registro presencial o a través de los propios servicios sociales.
- Espera la resolución de la Xunta y, si es favorable, empieza a cobrar la prestación.
Documentación necesaria (checklist)
- Solicitud BS626F cumplimentada y firmada.
- DNI/NIE de la persona solicitante y del resto de miembros de la unidad de convivencia.
- Certificado de empadronamiento y, en su caso, histórico que acredite la residencia en Galicia.
- Libro de familia o documentación que acredite la unidad de convivencia.
- Justificantes de ingresos de todos los miembros (nóminas, prestaciones, pensiones, vida laboral, certificado del SEPE, resolución del IMV).
- Documentación de patrimonio si procede (cuentas bancarias, bienes).
- Informe social emitido por los Servizos Sociais Comunitarios.
- Documentación acreditativa de las excepciones (violencia de género, discapacidad, extutela, etc.) si es tu caso.
Los servicios sociales te indicarán si en tu situación concreta hace falta algún documento adicional.
Plazos de resolución y silencio administrativo
Una vez presentada la solicitud completa, la Dirección Xeral competente en materia de inclusión social dispone de un plazo máximo de dos meses para resolver y notificar. Si transcurrido ese plazo no has recibido respuesta, el silencio administrativo es positivo: se entiende estimada la solicitud. En la práctica, los tiempos reales pueden variar según la carga de trabajo de cada provincia, por lo que conviene presentar el expediente completo desde el principio para evitar requerimientos de subsanación que alargan la tramitación.
Cómo y cuándo se cobra
La RISGA se abona mediante pagos mensuales por transferencia a la cuenta bancaria que indiques en la solicitud. El derecho suele reconocerse con efectos desde la fecha de solicitud o desde la resolución, según el caso. Al tratarse de una prestación periódica, el cobro se mantiene mientras persistan las circunstancias, con revisiones periódicas. Recuerda comunicar cualquier cambio en ingresos, domicilio o composición de la unidad de convivencia, porque afecta al importe y evita reintegros posteriores.
Qué hacer si te deniegan la RISGA
Si la resolución es denegatoria, no te quedes solo con el "no". Estos son los pasos a seguir:
- Lee con calma la resolución: debe indicar el motivo concreto (superar el límite de renta, falta de empadronamiento, documentación incompleta, etc.).
- Si es un problema subsanable (un documento que faltaba), a veces basta con aportarlo o volver a solicitar corrigiendo el error.
- Presenta recurso de alzada ante el órgano superior en el plazo de un mes desde la notificación, si consideras que la denegación no es correcta.
- Apóyate en los Servizos Sociais Comunitarios, que pueden orientarte sobre el recurso y sobre otras ayudas municipales o de emergencia social mientras tanto.
Puedes ampliar información en la ficha de la Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA).
Preguntas frecuentes
¿Dónde se solicita la RISGA en Galicia?
El punto de entrada son los Servizos Sociais Comunitarios de tu ayuntamiento, donde se elabora el informe social y el proyecto de integración. También puedes presentar la solicitud (procedimiento BS626F) en la sede electrónica de la Xunta con certificado digital o Chave365, o en cualquier registro administrativo.
¿Cuánto tarda en resolverse la RISGA?
El plazo máximo para resolver y notificar es de dos meses desde la solicitud completa. Si pasa ese plazo sin respuesta, el silencio administrativo es positivo y se entiende estimada. En la práctica los tiempos pueden variar según la provincia, por lo que conviene presentar el expediente completo desde el inicio.
¿Cómo se cobra la RISGA?
Se paga mediante transferencias mensuales a la cuenta bancaria indicada en la solicitud, mientras se mantengan las circunstancias que dan derecho a la prestación. Cualquier cambio en ingresos, domicilio o convivencia debe comunicarse para ajustar el importe.
¿Qué hago si me deniegan la RISGA?
Revisa el motivo de la denegación en la resolución. Si es un fallo subsanable, aporta la documentación que faltaba; si crees que la denegación no es correcta, puedes presentar recurso de alzada en el plazo de un mes. Los Servizos Sociais Comunitarios pueden orientarte y valorar otras ayudas de emergencia social.
Puedes consultar el procedimiento oficial BS626F y la normativa vigente en la página oficial de la RISGA de la Xunta de Galicia. Y si antes de tramitar quieres saber qué cuantía te podría corresponder, haz una simulación en segundos.