Aval ICO primera vivienda: requisitos y cómo solicitarlo paso a paso (2026)
20 de septiembre de 2026
Ya sabes qué es el aval ICO y quieres dar el paso. Esta guía te explica, paso a paso, los requisitos, la documentación y cómo tramitarlo en 2026. Un aviso importante desde el principio: el aval ICO no se pide en el ICO, se pide en tu banco. Y no es una subvención: es una garantía del Estado para que el banco te financie casi el 100% de la compra.
Qué es el aval ICO (en una frase)
El Estado avala ante tu banco hasta el 20% del importe del préstamo (hasta el 25% si la vivienda tiene calificación energética D o superior). Ese aval sustituye a la entrada que normalmente tendrías que ahorrar, de modo que puedes financiar prácticamente el 100% de la compra. Si quieres el detalle de en qué consiste y a quién va dirigido, lo tienes en qué es el aval ICO y quién puede pedirlo.
Requisitos para solicitar el aval ICO en 2026
Para acogerte a la línea de avales debes cumplir todas estas condiciones en el momento de firmar la hipoteca:
- Edad: tener como máximo 35 años (no haber cumplido 36) si accedes como joven. Las familias con menores a cargo pueden acogerse sin límite de edad.
- Residencia: ser mayor de edad y tener residencia legal en España de forma continuada durante los dos años anteriores a la solicitud.
- Primera vivienda habitual: la compra debe ser de tu primera vivienda y para vivir en ella. No sirve para segunda residencia ni para inversión.
- Patrimonio: no superar un patrimonio neto de 150.000 euros.
- Ingresos: hasta el 18 de junio de 2026 el tope era de 4,5 veces el IPREM (en torno a 37.800 € para un comprador; el doble si compráis dos personas). Desde el 19 de junio de 2026 el límite ya no es una cifra estatal fija: se fija por provincia, con incrementos para familias monoparentales y por cada menor a cargo. Por eso conviene confirmar tu tope concreto en la convocatoria oficial vigente o preguntarlo en el banco.
El precio máximo de la vivienda también tiene límites, que varían según la comunidad autónoma. No hay una cifra única: consúltala en la tabla publicada por el ICO o en tu entidad.
Documentación que te pedirá el banco
Prepara con antelación esta documentación básica; agiliza mucho el estudio:
- DNI o NIE en vigor y justificante de residencia legal en España de los dos últimos años.
- Últimas nóminas y contrato de trabajo (o declaración de la renta y modelos trimestrales si eres autónomo).
- Declaración de la renta del último ejercicio.
- Vida laboral e informe de deudas si te lo solicitan.
- Datos de la vivienda: nota simple, contrato de arras o precio de compraventa.
- Justificación de que es tu primera vivienda.
Cómo solicitarlo, paso a paso
El aval se gestiona íntegramente a través del banco: las entidades de crédito adheridas al convenio con el ICO tramitan el aval y la hipoteca en un mismo expediente. Tú no tienes que hacer ningún trámite directo con el ICO.
- Elige un banco adherido. Hay decenas de entidades adheridas (Santander, CaixaBank, BBVA, Sabadell, Bankinter, etc.). Compara condiciones: el aval es el mismo, pero el tipo de interés y las comisiones los pone cada banco.
- Estudio de solvencia. El banco analiza tus ingresos, tu estabilidad laboral y tu capacidad de pago. El aval facilita la entrada, pero no relaja el análisis de si puedes pagar la cuota.
- Tasación de la vivienda. Una sociedad tasadora determina el valor de la vivienda. La financiación se calcula sobre el menor valor entre la tasación y el precio de compra.
- Formalización ante notario. Si el estudio es favorable, firmáis la hipoteca con el aval incorporado. El aval del ICO cubre al banco durante los primeros 10 años del préstamo.
Plazos y hasta cuándo está vigente
La línea se ha prorrogado. El plazo para formalizar los préstamos hipotecarios acogidos al aval, que inicialmente terminaba a finales de 2025, se ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2027. Es decir, sigue abierta durante 2026 y 2027, sujeta a la dotación presupuestaria disponible.
Advertencias que debes tener claras
El aval ICO ayuda mucho, pero conlleva riesgos que no puedes ignorar:
- El aval no paga tu hipoteca. Sigues obligado a devolver todo el préstamo. El aval solo protege al banco frente a un impago; a ti no te condona nada.
- Financiar el 100% multiplica el riesgo. Sin entrada, pides prestado más, pagas más intereses y quedas más expuesto si baja el precio de la vivienda o suben los tipos.
- No es dinero a fondo perdido. No confundas este aval con una subvención de las del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, que sí incluye ayudas directas.
Antes de decidir, valora si te compensa comprar ahora con el 100% financiado o esperar y ahorrar entrada. Puede ayudarte comparar tu situación en comprar o alquilar: cuál te conviene.
¿Quieres saber a qué ayudas de vivienda tienes derecho según tu edad, tus ingresos y tu comunidad? Calcula tus ayudas en un minuto y descubre todo lo que puedes solicitar además del aval ICO.